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El Tribunal Supremo ha reconocido, este jueves, que todo el periodo de prejubilación, seguido de la firma de un contrato relevo con otra persona, cotizará al 100% al pasar a la jubilación completa.
Así, el trabajador tendrá derecho a que, en el cálculo correspondiente a la pensión de la jubilación completa, se cotice todo el periodo de prejubilación, incluido el tiempo de contrato del empleado relevo, como una jornada laboral de ocho horas.
Este derecho ha llegado a aprobarse gracias al recurso presentado por un trabajador contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en el que solicitaba que se le computara el 100% de sus cotizaciones.
Un desencadenante que ha conseguido que el alto tribunal se plantee el asunto hasta el punto de aprobar el establecimiento de esta nueva normativa. De esta forma, las cotizaciones correspondientes al periodo de trabajo a tiempo parcial se incrementarán hasta el 100% de la cuantía correspondiente a las labores del trabajador justo antes de ser prejubilado.
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